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El presidente presidirá todas las reuniones de la Sociedad
y, con el Secretario, firmará en nombre de la Sociedad, todos
los documentos aprobados por la Junta de Directores. En general, desempeñará
todos los deberes normales que conlleva el cargo de Presidente, así
como los demás deberes que le encargue la Junta de Directores
o que se señalen en estos Estatutos.
Los dos Vicepresidentes,
en el orden de su elección, podrán ejercer los poderes
y deberes del Presidente, según disponga la Junta de Directores
o el Comité Ejecutivo, en ausencia del Presidente, cualquiera
de los dos Vicepresidentes por orden de precedencia, presidirán
las reuniones de la Sociedad. En el caso de renuncia o muerte del
Presidente, asumirá su cargo el Primer Vicepresidente hasta
la próxima elección.
El Tesorero será
el custodio de los fondos de la Sociedad e informará sobre
las finanzas de la Sociedad en las reuniones de mitad de ejercicio
de la Junta de Directores y las Asambleas Generales.
El Secretario
asistirá a las Asambleas anuales de los miembros y
de la Junta de Directores y mantendrá acta fiel de
las mismas.
El Presidente
del Comité Ejecutivo será el representante del
Presidente de la Sociedad y, como tal, tendrá todos
los deberes del Presidente en lo relativo a la administración
de la Sociedad. Será responsable del funcionamiento
de la oficina de la Sociedad e informará a la Junta
de Directores en cada una de sus reuniones. Dirigirá
la labor del Director Ejecutivo y dará las instrucciones
que sean necesarias sobre los asuntos de la Sociedad.
La administración
de los asuntos de la Sociedad serán responsabilidad del Director
Ejecutivo, quien no es uno de los funcionarios que son designados
por elección. El Director Ejecutivo responderá directamente
al presidente del Comité Ejecutivo. Tendrá a su cuidado
en la sede de la Sociedad la correspondencia, contratos, así
como documentos escritos que no tengan que permanecer en los archivos
del Tesorero o del Secretario.
Cada funcionario
tendrá los deberes característicos de su cargo,
entre ellos la preparación de los informes o documentación
que requiera la Junta de Directores, y al terminar su período,
cada funcionario entregará a la Junta de Directores
todos los libros, papeles o bienes de la Sociedad.
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